martes, 3 de febrero de 2015

Arriendo de El Soto de el Prado. Orrios.Año 1.729


Orrios desde el Soto. @cac.


                     Por el camino parejo al río ando una y otra vez. En el verano me protege del sol, en primavera encuentro alguna seta entre los camochos de los chopos, en otoño gozo los colores entreverados de las hojas, ahora en invierno me sacuden los latigazos de los vientos, las lluvias granizadas y las nieves siempre ansiadas. Hace frío, las aguas bajan claras, alguna trucha se enconde, unos patos saltan asustados desde su encondrijo, una grulla despistada picotea entre los terrones helados de estos prados, en el soto, junto al río, donde hoy se ha hecho realidad "por San Blas la cigüeña verás" posada sobre las piedras del azud medieval origen de los riegos de la vega.
      Son los mismos lugares, con los mismos nombres, que en 1.729 fueron arrendamos en especie de gallinas. Las tierras eran pobres (areñales) pero alguna oveja podía ramonear por ellas, y la poda de los chopos y álamos servía para encender los fuegos. Al Comendador, dueño y señor, con estos y otros arriendos nunca le faltaban gallinas ni madera.
          Cae la tarde mientras regreso a la casa. Vuelvo a los documentos consultados en los archivos mientras el sol refleja las casas arracimadas de Orrios.

     Ahí les dejo el documento en mi soliloquio humilde.



   Que nosotros Gregorio Ascencio y Rosa Blasco conyuges vecinos de la Villa de Orrios de la Religion de Nuestro Señor San Juan del Hospital de Jerusalen del Reyno de Aragon de nuestro buen grado con y por tenor y titulo de la presente carta publica de reconocimiento otorgamos reconocemos y confessamos tener y que tenemos de la Sagrada Religion de San Juan de Jeruslen en la dicha Villa de Orrios del Illustre Fr. Sr. Don Christobal Mercader y Carroz Comendador de dicha Villa de Orrios y lugar de Alventosa y del Comendador que por tiempo será de dicha encomienda de dicha Sagrada Religion es a saber un areñal de tierra sitiado en la partida llamada el Soto del Prado huerta y termino de dicha Villa que confrenta con el prado de la Villa por una parte y por otra con areñales de la Religion que poseen Francisco Monton y Pedro Monton con obligación y cargo de pagar quatro gallinas en cada un año pagaderas en quatro de octubre. Ittem tienen dichos una heredad de tierra sitiada en la partida llamada Las Zarzuelas huerta y termino de dicha villa que confronta por una parte con heredad de dichos y por otra con heredad de la Religion que posee Joseph Ascensio y via publica con obligación y cargo de pagar quatro gallinas en cada un año dia quatro de octubre Las quales se pagan a dicho Sr. Comendador que es oportuno será de dicha Villa. Y assi mesmo con cargo y obligación que no podamos cortar ni vender ningún árbol para fuera de la Villa sin licencia de dicho Comendador que es y será de dicha Villa y de su Alcayde Procurador en su caso por si dicho Sr. Comendador huviesse de menester alguna árbol o arboles y estos dichos Señor Comendador los pueda cortar sin pagar por ser dueño absoluto y assi con dicho cargo y obligaciones sobredichas de pagar en cada un año las dichas quatro gallinas y demás obligaciones arriba dichas reconocemos tener los dichos arreñal y heredad arriba confrontados por el dicho Sr. Comendador que de presente es como del que por tiempo será de dicha Villa en nombre de dicha Sagrada Rekigion y en su nombre a saber es que siempre y quando nos quiera quitar los dichos arreñal y heredad este ara arbitrio y voluntad y darlos a quien muy bien visto le será y en su poder retener o detener como de bienes y cosa suya propia con libre y general administración y plenaria potestad y con todas las clausulas y cautelas en semejantes actos de reconocimientos y beneplácitos poner acostumbradas de las quales cosas.


A.H.T. Órdenes militares, Caja 5/203 Transcripción de Clemente Alonso Crespo.-

A.H.T. Órdenes militares, Caja 5/203. Transcripción de Clemente Alonso Crespo.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario